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Tramitación de reclamaciones: a partir del 1 de abril del 2011, a demás de las anteriores:solicitudes de “licencias urbanísticas que requieran proyecto técnico para definir, aprobar y ejecutar las obras precisas para la implantación, modificación o cambio de actividades”.control periódico de actividades cuyo desarrollo tenga una incidencia medioambiental en la seguridad de las personas o en la afluencia de público, que deberán someterse a control cada siete años a contar desde la fecha de otorgamiento de la licencia urbanística, o en su caso desde el último control..
Aeclu, como entidad colaboradora en la gestión de licencias urbanísticas, tras verificar que la actividad tal y como se proyecta realizar se ajusta a la legalidad urbanística, emitirá los certificados de conformidad que las empresas y particulares deberán acompañar a cualquier solicitud de licencia que presenten ante el ayuntamiento de madrid, según establece la ordenanza por la que se establece el régimen de gestión y control de las licencias urbanísticas de actividades de 29 de junio de 2009.en concreto aeclu tramitara los certificados de conformidad de los siguientes procedimientos de licencias urbanísticas:a partir del 1 de abril del 2010: solicitudes de “licencia para la implantación, modificación o cambio de actividades” sin obras o con obras que no requieran de proyecto técnico.
Procedimientos de “comunicaciones previas” de implantación, modificación o cambio de actividades sin obras
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